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RECLAMACIONES

Recursos relacionados con el sector turístico de la Región: Las hojas de reclamaciones estarán a su disposición en los establecimientos donde se han producido los hechos

RECLAMACIONES

Para formular reclamaciones contra empresas o establecimientos turísticos de la Región de Murcia, se deberán rellenar las hojas de reclamaciones que estarán a su disposición en los establecimientos donde se han producido los hechos.

Las hojas de reclamaciones constan de tres copias: una para el establecimiento turístico, otra para el interesado y otra que se enviará al Instituto de Turismo de la Región de Murcia. No obstante, también se admiten las hojas de reclamaciones descargadas de Internet, así como las que se redacten en cualquier formulario, incluso en una carta manuscrita u hoja de papel, donde se explique la queja en cuestión.

En las hojas de reclamaciones, firmadas, deberá constar: nombre, dirección y localidad, código postal y teléfono del reclamante, un relato de hechos con indicación de la fecha en la que sucedieron, así como los datos del reclamado (nombre y dirección). Es preciso adjuntar fotocopia de toda la documentación acreditativa de la que el reclamante disponga.

La copia de la hoja de reclamaciones podrá remitirse a este Instituto de Turismo por varias vías:

1.- A través de los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local.

2.- A través de la red de oficinas corporativas de atención al ciudadano existentes en la ciudad de Murcia y en los distintos municipios de la Región.

3.- A través del correo ordinario o certificado dirigido al Instituto de Turismo de la Región de Murcia (Avda. Juana Jugán, 2. Edificio CCT. Murcia. C.P 30006) o mediante su presentación en la sede de este organismo.

Presentada la reclamación ante este Instituto el reclamante será informado, por escrito, de la decisión adoptada y, si procediese, también de la sanción impuesta a la empresa turística denunciada.

El Instituto de Turismo podrá, en su caso, sancionar a las empresas turísticas pero no es competente para indemnizar económicamente el reclamante. Para obtener resarcimientos económicos deberá dirigirse a los Tribunales de Justicia, o solicitar expresamente el arbitraje ante la Dirección General de Consumo, si bien el establecimiento reclamado decidirá si se adhiere al mismo o no.

DOCUMENTOS DE INTERÉS:

> Cartel anunciador Existencia Hojas de Reclamaciónes
Descargar cartel en PDF

> Hojas de reclamaciones
Descargar documento en PDF


Para reclamaciones sobre materias en las que no tiene competencia el Instituto de Turismo de la Región de Murcia:

Respecto al sector de restauración podrá reclamar ante la Dirección General de Consumo, en Avda. Ronda Levante, 11, 30008-Murcia.

En relación con compañías aéreas se deberá reclamar directamente a la compañía aérea y, en su caso, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (División de Calidad y Protección al Usuario) sita en Avda. General Perón, 40. Acceso B. 28020-Madrid o mediante el siguiente correo electrónico sau.aesa@seguridadaerea.es

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